• 22 de septiembre de 2024 10:35 PM

Registran 26 reportes de acoso laboral en la Unidad de Inspección Laboral y Asesoría del Trabajo

PorPaulina Rosales

Ago 12, 2022

En entrevista, Liliana San Martín, precisó que la mayor cantidad de quejas que se presentan ante la Junta de Conciliación y Arbitraje son por despido injustificado o por el incumplimiento en el pago de las prestaciones

 

Un total de 26 reportes de acoso laboral se han registrado en este año en la Unidad de Inspección Laboral y Asesoría del Trabajo y cuyas denuncias pueden ser anónimas, advirtió la secretaria del Trabajo, Liliana San Martín.

En entrevista, la funcionaria estatal precisó que la mayor cantidad de quejas que se presentan ante la Junta de Conciliación y Arbitraje son por despido injustificado o por el incumplimiento en el pago de las prestaciones; sin embargo, reconoció que también existe la posibilidad de que los trabajadores presenten denuncias por hostigamiento u acoso en su espacio laboral.

Detalló que las denuncias pueden ser anónimas y con esto, se realiza una inspección en la empresa; o bien, los trabajadores pueden acudir a las oficinas en donde se le da seguimiento al caso, y si es necesario, se canaliza al Instituto Queretano de la Mujer (IQM).

“Hay una oficina dispuesta para los trabajadores, para las trabajadoras, si se encontraran en un supuesto como este; incluso, la denuncia puede ser anónima que son los dos mecanismos que tenemos para activar una inspección en una fuente de empleo o pueden acudir personalmente a nuestras oficinas”, declaró.

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, se entiende por hostigamiento el ejercicio del poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas. Mientras que, el acoso sexual es una forma de violencia donde hay un ejercicio abusivo del poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo.

Los patrones que cometan cualquier acto o conducta discriminatoria en el centro de trabajo, o bien que realicen actos de hostigamiento sexual o que tolere o permita estos actos en contra de sus trabajadores podrían imponérsele una sanción económica de 250 a cinco mil Unidades de Medida y Actualización (UMA); es decir, desde 24 mil hasta 481 mil pesos.

La ley también establece que se deben implementar, en acuerdo con los trabajadores, un protocolo para prevenir la discriminación por razones de género y la atención de casos de violencia, acoso u hostigamiento.

Paulina Rosales

Reportera radicada en Querétaro desde el 2015; egresada de la Universidad Autónoma de Querétaro (UAQ) en Comunicación y Periodismo. Ha laborado en medios digitales, escritos y radiofónicos.