• 25 de septiembre de 2024 2:31 AM

Infringir reglamento de arrastre y depósito de vehículos de Querétaro causará multas o revocar concesión

PorManuel Rivera

Dic 8, 2022
Violencia Qrobus

FOTO| Ángel Rodríguez 

En caso de un cobro indebido, fungir sin permiso o concesión o llevar el vehículo a un punto distinto al más cercano, los prestadores de servicios de arrastre podrán enfrentar multas de entre $962 hasta los $115 mil pesos

 

Las sanciones que podrían enfrentar los concesionarios van desde una multa económica hasta la revocación de la concesión en caso de violar alguno de los artículos de la reforma de la Ley de Servicios Auxiliares del Transporte Público del Estado de Querétaro, que regula el Servicio de Transporte Público de Arrastre, Salvamento, Depósito y Guarda de Vehículos.

La iniciativa de reforma que regula el Servicio de Transporte Público de Arrastre, Salvamento, Depósito y Guarda de Vehículos indica que se podrá imponer una multa de 10 a 50 veces del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que podrían ser desde los $962.5 hasta los 4 mil 811 pesos, para el concesionario que cobre una tarifa distinta a la que autoriza la Agencia de Movilidad. Se aplicará la misma sanción en caso de que se omita el reporte descriptivo que pide la ley o que en el mismo reporte posea datos falsos.

En caso de que los prestadores de servicios de grúas no posean la concesión o el permiso correspondiente, tendrán que afrontar una multa de 750 a 1200 veces el valor diario de la UMA que equivale desde los $72 mil 165 hasta los 115 mil 464 pesos, esta misma multa aplicará si se remite un vehículo detenido por las autoridades de un municipio a un establecimiento de depósito y guarda de vehículos ubicado en un municipio distinto a excepción de que el dicho establecimiento sea el más cercano al lugar de la ubicación del vehículo.

La suspensión podrá aplicarse en caso de que los concesionarios impidan o dificulten la inspección para vigilar el cumplimiento de la ley que puede realizar el personal de la Agencia de Movilidad o las autoridades competentes. Si los prestadores de servicios de grúas vuelven a violar a algún artículo donde la sanción sea superior a las 50 veces del valor diario de la UMA, después de ser suspendidos dentro de un lapso de 6 meses, se les revocará la concesión.