En el Código Penal no se considera maltrato la tauromaquia, la charrería o las peleas de gallos
Hasta 6 años de prisión y una multa mínima de $44 mil pesos podrían imponerse a quien agreda o maltrate a un animal en el estado de Querétaro, según lo establecido en el Código Penal y en el Código Ambiental de la entidad.
De acuerdo con el Código Penal, se imponen de 3 a 15 meses de prisión, así como de 100 a 200 días de multa a quien realice actos de maltrato. En caso de provocar la muerte a un animal, estas pueden ascender hasta 15 meses o cuatro años de cárcel y hasta 600 días de multa. Estas penas se incrementan, hasta una mitad, en caso se prolongarse innecesariamente la agonía del animal, utilizar métodos crueles o grabar y difundir los actos cometidos.
Sin embargo, en el Código Penal no se considera maltrato la tauromaquia, la charrería o las peleas de gallos. No obstante, esta no es la única disposición legal que sanciona estas conductas. También recientemente fue publicado y entró en vigor el Código Ambiental del Estado, en donde uno de sus capítulos establece las conductas de crueldad, maltrato y sacrificio de animales.
Se considera maltrato cuando se mantiene amarrado o encadenado en azoteas, balcones o terrenos a los animales, además de no proporcionarles alimento en largos periodo de tiempo, así como mantenerlos enjaulados (a excepción de aves), golpearlos o lastimarlos. A esto se le suma, no brindarles atención veterinaria, privarlos de aire y espacio físico, cometer actos de zoofilia, abandonarlos en la vía pública, o practicar mutilaciones, entre otras conductas.
En el Código Ambiental, se establece que quien viole sus disposiciones, serán acreedores a sanciones administrativas por la Procuraduría o las autoridades municipales, las cuales pueden ir desde apercibimientos y multas económicas desde 500 hasta 20 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir desde 44 mil hasta más de un millón 700 mil pesos. Otras sanciones aplicables son arresto administrativo de hasta 36 horas o trabajos en favor de la comunidad hasta por 500 horas.