• 23 de septiembre de 2024 2:16 AM

CNDH señala inconstitucionalidad de reformas al Código Penal de Querétaro

PorDiego Hernández

Ago 12, 2022

Los artículos 155 y 183 junto a sus fracciones, establecen delitos configurados de manera «ambigua, amplia e imprecisa», de acuerdo a la CNDH

 

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) interpuso una acción de inconstitucionalidad en contra de cuatro artículos del Código Penal del Estado de Querétaro, ya que contravienen acuerdos internacionales y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La CNDH interpuso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) esta acción por el proyecto aprobado este año. Fue el 27 de mayo que el gobernador de Querétaro, Mauricio Kuri, publicó en el periódico oficial La Sombra de Arteaga las reformas al Código Penal, que correspondieron a una modificación del 30% de todo el Código, de acuerdo al diputado del PAN Guillermo Vega, presidente de la Comisión de Administración de la Legislatura, misma que aprobó este proyecto.

En ese sentido, Rosario Piedra Ibarra, titular de la CNDH, interpuso esta acción en junio pasado ya que, desde su perspectiva, los artículos 60, 61 bis, 155 y 183 bis fracciones I, II, III y IV, violan el derecho a la seguridad jurídica, el de legalidad y el de principio de taxatividad; es decir: las normas sancionadoras no son lo suficientemente descriptivas.

Vulneración a tratados internacionales

En su reporte, la CNDH destaca que los artículos constitucionales que considera vulnerados son el 1, 14 y 16; así mismo, los 1, 2 y 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el 2 y 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Sobre la materia, la Comisión apunta que los artículos 60 y 61 bis transgreden el derecho a la seguridad jurídica y al principio de legalidad; en ese sentido, recalcó que la Legislatura del Estado de Querétaro no está facultada para legislar en cuestiones de aseguramiento y decomiso de bienes relacionados con un hecho con apariencia de delito.

En cuanto a los artículos 155 y 183 junto a sus fracciones, establecen delitos configurados de manera «ambigua, amplia e imprecisa», reporta la Comisión; ya que no es concreto cual es la conducta prohibida que se busca sancionar. Por ello Piedra Ibarra interpuso el recurso ante la máxima dependencia de impartición de justicia en el país, en espera de que dictamine si el Código Penal del Estado de Querétaro es inconstitucional.