El asesinato de Valentina fue tipificado como un homicidio y no como feminicidio por la jueza que llevó el caso y no por parte de la Fiscalía General del Estado de Querétaro, defendió el fiscal Víctor De Jesús Hernández. Esto tras las protestas por parte de la familia y de colectivos feministas que acusaban a la Fiscalía de ello.
Pese a la clasificación, la semana pasada se dio a conocer la sentencia del caso, que culminó con una condena de 40 años de prisión para el responsable. El tipo penal de feminicidio requiere el cumplimiento de ciertas características específicas previstas en el código penal vigente, mismas que, según el criterio de la jueza encargada del caso, no se cumplieron en su totalidad, explicó el fiscal.
«Las características son atendiendo al principio de legalidad, las que se encuentran previstas en el tipo penal, tendríamos que ver que exactamente se cumplan las hipótesis a juicio también de la autoridad judicial, no se cumplieron la totalidad de las características en los hechos, y por lo tanto, se clasificó de esta amanera como homicidio doloso», destacó el Fiscal General.
Insistió en que el papel de la Fiscalía fue presentar los elementos de prueba disponibles, pero que corresponde al Poder Judicial hacer la valoración final y emitir la sentencia, incluida la tipificación del delito y la individualización de la pena.
Sin reconocimiento
Colectivos feministas han reiterado su descontento, señalando que esta decisión invisibiliza el componente de violencia de género en el crimen y constituye un retroceso en la lucha por el reconocimiento y la justicia para las víctimas de feminicidio.
El caso de Valentina se suma a una lista de expedientes que han sido cuestionados por presuntas omisiones o interpretaciones restrictivas de la legislación en materia de violencia de género, lo que ha avivado el debate sobre la necesidad de una revisión integral del marco legal y los criterios judiciales en estos casos.