La exposición prolongada a estos polvos puede causar Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (EPOC)
Las emisiones de polvos por la molienda de mármol y cal en Cadereyta afectan al ecosistema y la salud de animales y pobladores. La actividad de las máquinas instaladas para el procesamiento de estos materiales alcanza hasta dos kilómetros de afectación a la redonda, estimó la bióloga Ruth Chávez.
Debido a la falta de regulación para la emisión de los polvos resultantes de este proceso industrial, al ambiente son arrojadas partículas de 10 micras o menos, que son inhaladas con facilidad por las personas que habitan o pasan por esta zona de acceso al municipio, así como por ganado y animales silvestres.
La exposición prolongada a estos polvos puede causar Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (EPOC) que, como indica su nombre, obstruye las vías respiratorias. Además, causa afectaciones a la composición del suelo y los procesos fotosintéticos de las plantas, lo que afecta a cultivos y vegetación silvestre.
“No tienen control de las emisiones de polvos, y los polvos son movidos por el viento. Dependiendo de la densidad del polvo es la distancia que pueden recorrer para sentarse. Problemas que pueden traer: principalmente a la salud humana, los trabajadores que están ahí y las personas que viven, trabajan o estudian en los alrededores. Dependiendo de la dirección y velocidad del viento es hacia donde se pueden ir expandiendo. Generalmente se dispersan hacia el poniente. Toda el área de afectación son dos kilómetros, según yo lo medí; pero podrían ser más. Otros problemas que puede traer es que cambian la composición del suelo, de la vegetación. Se tapa el follaje, se satura de polvo y evita la fotosíntesis, y con ello la planta muere. Es una de las zonas donde hay cultivos y todavía donde queda nopalera y mezquital en los alrededores de Cadereyta”, comentó.
En este sentido, la bióloga hizo un llamado a las autoridades municipales, estatales y federales para que verifiquen si las tres empresas establecidas en la entrada del municipio, que cuentan con los permisos para esta actividad, cumplen con la Norma Oficial Mexicana (NOM) 025-SSA-2014, que establece el límite máximo de partículas permitidas.