Después de tres años de juicio, vecinos de la colonia El Porvenir obtuvieron una sentencia favorable que prohíbe la apertura de una gasolinera en avenida Felipe Ángeles, al acreditarse omisiones de las autoridades en la emisión de licencias y permisos vinculados con desarrollo urbano, impacto ambiental y protección al interés superior de menores de edad.
De acuerdo con los vecinos, la construcción del inmueble se realizó en una zona de alta densidad habitacional, a escasos metros de viviendas particulares, sin que se cumpliera con la distancia mínima de 15 metros respecto de las casas habitación. Además, señalaron inconsistencias entre dictámenes emitidos por distintas instancias: mientras autoridades estatales habrían advertido en su momento riesgos ambientales, instancias federales concluyeron que no existía afectación relevante.
Riesgos
Brenda Olvera, representante legal de los colonos, detalló que la resolución fue emitida por una jueza federal, la cual sienta un precedente en materia administrativa al obligar a las autoridades a analizar de manera exhaustiva los riesgos que implican este tipo de establecimientos antes de autorizar su funcionamiento.
«Es una sentencia que tiene varios alcances sociales y jurídicos; es uno de los principales instrumentos jurídicos en los cuales reconocen una omisión de la autoridad al no considerar la teoría del riesgo, los vecinos. Este tipo de negocios, al establecerlos a un costado de los domicilios, pone en riesgo a los vecinos», informó Brenda Olvera.
Los colonos expusieron que el proyecto representa un riesgo potencial por el almacenamiento de combustible en tanques que, aseguraron, fueron abastecidos hace aproximadamente tres años cuando se intentó poner en operación la estación. También advirtieron sobre posibles afectaciones al sistema de drenaje de la zona, el cual, dijeron, es reducido y atraviesa varias viviendas.
Sustento legal
La abogada del grupo señaló que la resolución incorpora el análisis de tratados internacionales en materia de derechos humanos, reforzando la obligación del Estado de prevenir riesgos a la población derivados de actividades clasificadas como de alto impacto, como es el caso de gasolineras y gaseras. Aunque la sentencia aún puede ser impugnada por la empresa promovente ante un tribunal colegiado, los vecinos consideraron que el fallo está debidamente sustentado.
Brenda Olvera destacó que el criterio judicial podría incidir en futuros procedimientos de autorización en Querétaro y en el país, al exigir estudios técnicos integrales sobre riesgos antes de permitir la instalación de establecimientos que manejen combustibles en zonas habitacionales.
