Quedan 59 amparos pendientes de resolver relacionados con la declaratoria de Área Natural Protegida de Peña Colorada, informó Enrique Urribarren, presidente del Observatorio Ciudadano para la Protección Ambiental de Querétaro. Consideró que, tras la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) esta semana, los recursos deberán considerar los criterios establecidos por la sentencia, por lo que deberían desecharse.
Explicó que, tras la publicación del decreto que declaró a Peña Colorada como Área Natural Protegida en mayo de 2023, 83 propietarios y ejidatarios promovieron amparos para impugnar la medida.
Algunos jueces confirmaron la declaratoria y otros la invalidaron, por lo que la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp) presentó recursos de revisión, de los cuales tres fueron atraídos por el Pleno de la Suprema Corte y abordó los temas constitucionales relacionados con el derecho de propiedad y la protección del medio ambiente.
Estatus firme
Precisó que la Suprema Corte confirmó la constitucionalidad del decreto y estableció un criterio que deberá ser considerado por los tribunales que aún tienen pendientes 59 amparos sobre el caso, por lo que esas resoluciones ya no podrán modificar el estatus de Peña Colorada como Área Natural Protegida.
Añadió que el fallo también servirá como precedente para futuras declaratorias de conservación ambiental en todo el país. Finalmente, aseguro que antes los ambientalistas decían «Salvemos Peña Colorada», y hoy con gusto pueden decir: «Salvamos Peña Colorada».